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El Comisionado > Preguntas Frecuentes > Expendedurías
- ¿Cómo se consigue una expendeduría de tabaco y timbre?
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- Las expendedurías se conceden por Concurso Público publicado en el
Boletín Oficial del Estado (BOE).
Información sobre los últimos concursos convocados./dd>
- ¿Quién convoca el Concurso Público?
- La Subsecretaría del Ministerio de Economía y Hacienda, a propuesta del Comisionado.
- ¿Cómo se convocan los concursos?
- Cada concurso se rige por un Pliego de Condiciones en el que se delimitan las zonas o polígonos
en los que se convoca una expendeduría, así como los requisitos de los concursantes,
los criterios de valoración y la documentación a presentar.
- ¿Por cuánto tiempo se conceden las expendurías?
- Por 25 años.
- ¿Quiénes pueden concursar?
- Solo las personas físicas con capacidad para el ejercicio del comercio (ninguna empresa
ni sociedad), nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea.
- ¿Qué otros requisitos necesita el concursante?
- Principalmente, disponer de un local en el polígono convocado (propiedad, arrendamiento, cesión, etc.); no
estar declarado en quiebra, ni suspensión de pagos; no ser deudor de la Administración Pública,
no haber sido condenado, hallarse procesado o sancionado por contrabando y no haber dado lugar a la revocación
de una concesión (expendeduría) o autorización de un punto de venta con
recargo (PVR).
- ¿Cuándo debe presentarse la solicitud?
- En el plazo señalado en cada convocatoria publicada en el BOE.
- ¿Puede una misma persona ser titular de dos o más expendedurías?
- No. Tampoco puede serlo el titular de un punto de venta con recargo (PVR).
- ¿Es obligatorio residir en la localidad convocada?
- No. Pero debe residir en una localidad cercana.
- ¿Es obligatorio gestionar directamente la expendeduría?
- Sí. Sin perjuicio de la ayuda de dependientes.
- ¿Qué criterios se tienen en cuenta para valorar las ofertas?
- Los establecidos en el Pliego de Condiciones que, en resumen, son:
- Alejamiento de centros docentes
- Distancia respecto a otras expendedurías
- Interés comercial del local propuesto
- Características del local (superficie, fachada, etc.)
- Curriculum del solicitante
- ¿Es obligatorio abonar alguna tasa en el momento de concursar?
- Sí. Según población de derecho (censo) del municipio convocado. Consulte
la sección de tasas, apartado Solicitud de
concesión de Expendedurías de Tabaco y Timbre (Tarifa 2)
- ¿El adjudicatario está obligado a efectuar algún otro pago?
- Sí. Un canon anual
calculado según criterios de población y volumen de negocio.
- ¿Qué márgenes le quedan al expendedor de las ventas realizadas?
- Los siguientes porcentajes calculados sobre el precio de venta al público:
- 9% de la venta de cigarros
- 8,5% de la venta de todas las labores del tabaco exceptuando los cigarros
- 4% de la venta de efectos timbrados y signos de franqueo
- ¿De quiénes debe suministrarse de productos el expendedor?
- Siempre de los mayoristas autorizados.
- ¿Es obligatorio exponer el logotipo oficial?
- Sí: la letra T en color rojo sobre fondo de hoja de tabaco en amarillo
cromo y rótulo con la indicación "Tabacos" ("Timbre" en Canarias).
- ¿Qué horarios de atención al público
rigen en una expendeduría?
- El horario comercial más usual en la zona, respetando en todo caso la legislación
vigente al respecto en cada municipio o Comunidad Autónoma.
- ¿Se puede cambiar de lugar una expendeduría?
- No, salvo en algunos casos que requieren la autorización del Comisionado.
- ¿Ante qué Organismo se tramitan los asuntos relacionados
con las Expendedurías de Tabaco y Timbre?
- Ante el Comisionado para el Mercado de Tabacos
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